Los asociados de AVA-ASAJA tienen acceso a una amplia gama de servicios que les permiten desarrollar su actividad agraria con las máximas garantías legales y profesionales. Entre estos servicios cabe destacar el asesoramiento agronómico, la formación, la gestión de ayudas y la contratación de seguros agrarios y generales.
Nuestro equipo multidisciplinar proporciona todo lo que necesita el colectivo agrario, tanto para cumplir la legislación vigente, evitando de ese modo posibles sanciones, como para optimizar la gestión empresarial de la explotación. La prestación de estos servicios, además, cuenta con el aval de AVA-ASAJA, una organización plenamente conocedora de las peculiaridades del sector y, por eso mismo, capaz de ofrecer un apoyo especializado, adaptado a las necesidades del asociado y con unas tarifas muy atractivas.
En esta sección podrá conocer las novedades de cada servicio puesto a su disposición. Infórmese y no dude en ponerse en nuestras manos.
La formación, sobre todo en las circunstancias actuales, se ha convertido en una herramienta indispensable de cara a generar oportunidades laborales, valor añadido y competitividad. Conscientes de la importancia de estos factores, AVA-ASAJA pone a disposición de los socios o posibles interesados una exhaustiva gama de cursos formativos que abarcan las distintas facetas del sector agropecuario.
La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA), en virtud de los diferentes convenios de colaboración suscritos, detalla a continuación la oferta de cursos de formación disponible para esta temporada.
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El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc.
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AVA-ASAJA te ofrece el seguro más cercano a tus necesidades
En AVA-ASAJA te asesoran especialistas que conocen tu producto y adaptan la póliza a tus necesidades

AVA-ASAJA es más que un seguro...
Seguimiento permanente
Porque estamos más cerca de ti que cualquiera, nuestro equipo realiza un seguimiento permanente de la evolución de cada cultivo y de sus repercusiones en el seguro.
¿Qué te ofrecemos?
Defendemos tus intereses
En AVA-ASAJA, además de asegurar tu producto, trabajamos para fomentar la fuerza del colectivo y aglutinar las peticiones del sector agropecuario tanto a nivel autonómico como nacional.
Contacto
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AVA-ASAJA también ofrece las mejores coberturas y a un precio que a buen seguro le sorprenderá en productos generales tales como autos, tractores, colmenas, pozos, casetas de riego, hogar, viaje, salud, vida, accidentes, etc. Nuestro departamento está constantemente lanzando campañas promocionales con importantes descuentos y regalos, así que manténgase alerta a posibles anuncios.
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Todas las empresas con trabajadores a su cargo están obligadas a tener un plan de prevención de riesgos laborales. El sector agrario no escapa a este nuevo requisito, cuyo incumplimiento depara severas sanciones económicas. En este apartado podrá conocer informaciones acerca de este asunto legal que cada vez adquiere mayor repercusión en el campo español.
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AVA-ASAJA da un paso más y pone a disposición de sus socios una nueva empresa de servicios agrarios formada por un grupo de acreditados profesionales, cuya finalidad es ofrecer los instrumentos de gestión empresarial y tareas de campo que precisan los agricultores para aumentar la rentabilidad de sus explotaciones.
Realización de servicios integrales en el sector agrario
“Con la profesionalidad de un equipo joven, con experiencia, decidido y comprometido con el trabajo”
Contacto: Fernando Cordellat
Email: fernando_cordellat@serviciossinyent.es
Télefono: 96 380 46 06 / 691 768 228
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Diferenciamos principalmente dos líneas de actuación:
A través del PAT (Punto de Atención al Temporero), los trabajadores del sector agrario pueden acceder a información actualizada tanto social como laboral, así como a los cursos, jornadas, seminarios, etc.. que se realizan durante el año.
Ver artículos...La Comisión Europea adopta una modificación del Reglamento de minimis en el sector agrícola, que permite duplicar el importe de las ayudas que el Estado miembro puede conceder bajo esta excepción a la regla de Mercado Único. La CE introduce los siguientes cambios:
AVA-ASAJA celebró ayer su sectorial del Arroz para analizar los principales asuntos de actualidad. Uno de ellos fue el impacto de la DANA sobre el sector arrocero, no tanto por los daños en la cosecha -ya que la siega había finalizado- sino por el estado en el que han quedado muchos arrozales. A la vista del ritmo de los trabajos de limpieza, hay temor porque no vaya a dar tiempo a retirar todos los residuos depositados en la Albufera y a dejar las motas, las acequias y los canales en condiciones para que los agricultores puedan entrar a efectuar las labores necesarias del cultivo.
Si este fuera el caso, la sectorial del Arroz de AVA-ASAJA ha solicitado a la Conselleria de Agricultura que emprenda las gestiones oportunas para establecer unas compensaciones dirigidas a los arroceros que sufran una reducción de ingresos por no poder sembrar arroz el próximo año o por padecer una merma de cosecha derivada de la DANA.
Era la primera sectorial después de que Miguel Minguet haya sido elegido presidente del grupo de trabajo del arroz del COPA-COGECA, un cargo que le convierte en el máximo portavoz del sector arrocero europeo. Minguet desgranó sus prioridades: cambiar el mecanismo de activación de la cláusula de salvaguarda para hacerla más ágil y, si es posible, automático; defender la situación del arroz como producto sensible en los acuerdos comerciales; lograr la rotulación obligatoria del origen del cultivo en el empaquetado del arroz; apostar por las nuevas técnicas de edición genética para obtener variedades más resistentes a plagas, enfermedades, malas hierbas y fenómenos adversos como la sequía; y rechazar la cancelación de más productos fitosanitarios sin disponer de alternativas eficaces.
El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica el decreto que regula el procedimiento para la concesión directa de ayudas a las comunidades de regantes y otras entidades de riego que hayan sufrido daños en sus infraestructuras de regadío como consecuencia del temporal de viento y lluvias acaecido en la Comunitat Valenciana el pasado 29 de octubre de 2024.
Según denunció AVA-ASAJA, las pérdidas producidas en las infraestructuras de riego se sitúan en 300 millones de euros. Además, los destrozos ponen en peligro la pervivencia de los cultivos, por lo que resulta necesario llevar a cabo las actuaciones precisas para recuperarlas lo antes posible.
El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas de este decreto asciende a 20.000.000 euros con cargo a fondos propios de la Generalitat para el ejercicio presupuestario 2025.
El importe de la ayuda para cada entidad beneficiaria será del 100% del presupuesto hasta un máximo de 100.001 euros, siempre que haya disponibilidad presupuestaria.
Las ayudas se concederán para todos aquellos gastos, incluso los ya realizados, atendidos por las entidades de riego, con la entrega de las facturas que acrediten el gasto que han tenido que atender de forma inaplazable dichas entidades en reparaciones posteriores al 29 de octubre.
Son subvencionables los gastos de reparación de las infraestructuras de regadío dañadas ubicadas en alguno de los municipios afectados por el temporal. Se limitarán a los daños que no estén cubiertos por el seguro. No serán subvencionables las actuaciones en el interior de la parcela, ni las solicitadas por las personas agricultoras a título individual.
Tal como está redactado el decreto, AVA-ASAJA no sabe si los ‘tancats’ de la Albufera están incluidos en estas ayudas y va a solicitarlo.
Las solicitudes se pueden presentar desde hoy hasta el 10 de enero de 2025. En caso de duda, consulta al departamento de aguas de AVA-ASAJA al teléfono 96 380 46 06.
En relación con el proyecto de orden de bases reguladoras por la que el Gobierno convoca una ayuda extraordinaria a la maquinaria agrícola con motivo de la DANA, la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) ha emitido varias observaciones en defensa de los productores damnificados.
La organización entiende que estas ayudas, al incluirse en el Régimen de Minimis, va a dejar a muchos solicitantes fuera por superar en tres años el importe máximo de 25.000 euros, dado que se han publicado algunas ayudas nacionales (como por ejemplo el artículo 24 del Real Decreto-Ley 7-2024) y autonómicas (como el Decreto Ley 10-2024) que se acogen a este régimen en los últimos tres años. Por tanto, solicita que las ayudas a la maquinaria agrícola estén excluidas de este régimen, lo que permitiría que los agricultores que quieren adquirir una maquinaria de alto valor en un plazo máximo de un año, no tengan que recurrir a financiación privada.
AVA-ASAJA también propone ampliar las ayudas a todo tipo de maquinaria y aperos que no tiene la obligación de ser inscrita en el ROMA. Algunos aperos o maquinaria han desaparecido a causa de la DANA y debería establecerse una tasación lo más objetiva posible.
La asociación considera asimismo que la antigüedad de la maquinaria debería ser ilimitada y no tener un máximo de 20 años de antigüedad.
Por último, el plazo máximo para resolver las ayudas, a juicio de AVA-ASAJA, debería ser muy inferior a los seis meses que contempla el borrador, debido a la urgente necesidad de utilizar la maquinaria agrícola en el proceso de reconstrucción.
Personas beneficiarias y requisitos:
Podrán ser beneficiarias las personas físicas que el 29 de octubre de 2024 reunieran los siguientes requisitos:
a) Figuraban de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social o en alguna mutualidad.
b) Figuraban de alta en el IAE.
c) Su lugar de trabajo se ubicaba en alguna de las zonas relacionadas en el Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana (anexo). A estos efectos, se considerará lugar de trabajo el que conste en el censo de empresarios, profesionales y retenedores o cualquier otro registro oficial; o, en su caso, en la autorización municipal, que deberá ser previa al 29 de octubre de 2024, para la realización de la venta no sedentaria de carácter periódico.
d) No tenían contratada a ninguna persona trabajadora por cuenta ajena.
Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas que, reuniendo los requisitos indicados en el punto anterior, formen parte de comunidades de bienes o de cualquier otra entidad sin personalidad jurídica.
El importe de la ayuda será de 3.000 euros por persona trabajadora autónoma.
El plazo para solicitar estas ayudas se iniciará a las 09:00 horas del 5 de diciembre de 2024 y finalizará a las 15.00 horas del 16 de diciembre de 2024. Solo se admitirá una solicitud por persona; las sucesivas que puedan presentar serán inadmitidas.
La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, a través del procedimiento «EADANA 2024 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas dana 2024». En la página web de Labora
Ayudas dirigidas al mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas afectadas por la DANA:
Beneficiarios
1. Empresas con actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en los municipios afectados incluidos en el Anexo del Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, y que, como consecuencia de la DANA, hayan sufrido daños materiales en sus bienes situados en naves, locales, establecimientos o espacios vinculados al desarrollo de su actividad económica. Se incluyen las personas jurídicas con independencia del número de personas trabajadoras contratadas, así como a las personas físicas incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos siempre que tuvieran contratada, a 28 de octubre de 2024, al menos, a una persona trabajadora por cuenta ajena.
2. Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles y comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia que reúna los requisitos exigidos al resto de beneficiarias, no pudiendo solicitar ayuda, al mismo tiempo, los socios, comuneros o integrantes de estas agrupaciones.
3. Es obligatorio que los beneficiarios sigan de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores el 30 de junio de 2025, y mantengan su actividad económica en la Comunitat Valenciana.
Ayudas
Subvenciones de concesión directa, de importe mínimo 5.000 € por empresa.
Este importe se incrementará en 1.000 € adicionales por cada persona trabajadora que la empresa tenga contratada por cuenta ajena el 28 de octubre de 2024, con los siguientes importes máximos:
1. 30.000 € por empresa del Grupo de actividades C “Industria Manufacturera” (códigos CNAE del 10 a 33).
2. 15.000 € por empresa comercial, turística, de servicios y otros tipos de actividad (resto de códigos CNAE).
Solicitud
Las solicitudes se podrán presentar desde las 9:00 horas del 28 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024 de manera telemática a través de https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G101783
Se presentará una única solicitud por empresa. El pago de la subvención se efectuará, por medio de transferencia, a la cuenta bancaria que determine la beneficiaria. Una vez realizado el pago, se comprobará los requisitos y condiciones establecidos para la obtención de las ayudas.
Compatibilidad
Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas que reciban las empresas afectadas, así como con las indemnizaciones procedentes de otras entidades públicas o privadas, hasta el límite del valor del daño producido.
Uso de EPIs en el sector agario
Seguridad vial en el sector agarrio