El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc.
Seguros generales
Los siniestros de la DANA serán consorciables en su mayoría. Es decir, serían compensados por el Consorcio y no por las aseguradoras.
Aun es pronto, pero es mejor recabar datos de los daños con fotografías y de la póliza en vigor y saber cómo proceder.
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos encantados, seas nuestro cliente-socio o no.
Te vamos a detallar cómo tramitarlo con el Consorcio y la documentación que te van a pedir para acelerar el proceso:
- Póliza de seguro, condiciones particulares y generales de este año (con el recibo del pago al día).
- Detalles del siniestro (fecha, lugar, descripción de los daños).
- DNI o identificación del asegurado.
- Parte de siniestro (si tu aseguradora lo ha gestionado previamente).
- Fotografías o vídeos de los daños si es posible.
Hay varias formas de presentar el siniestro al Consorcio:
- Por internet: a través de su página web (www.consorseguros.es), en el apartado de “Tramitación de Siniestros”.
- Por teléfono: llamando al número de atención telefónica del Consorcio: 900 222 665.
De todas formas, estamos en contacto pues previsiblemente las diferentes compañías irán habilitando canales especiales para la tramitación de estos siniestros.
Seguros agrarios
Debemos proceder exactamente igual que en cualquier otro tipo de siniestro.
Teléfono 96 380 46 06
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Directamente en el programa de la Mutua
Los Registradores de la Comunitat Valenciana facilitarán notas simples a los afectados por la DANA con el objeto de poder acreditar la titularidad vigente de sus inmueble, a efectos de solicitar ayudas y subvenciones.
El Colegio de Registradores, de acuerdo con la redacción del artículo 6 a) y 7 d) del Decreto 163/2024 de la Comunitat Valenciana, que exige “el título jurídico o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada”, informa que este título jurídico podrá ser la nota simple de titularidad vigente, que se expedirá de manera gratuita para los registros de la propiedad para los afectados.
La nota podrá solicitarse:
- Presencialmente en el decano de los registradores: plaza Reina, 5, 46003 Valencia.
- Por correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Si has perdido tu coche debido a las inundaciones, FEMEVAL facilita esta página para poder localizarlo fácilmente:
Ya están disponibles las ayudas de la Generalitat Valenciana para las personas afectadas por la DANA que han sufrido pérdidas de bienes y enseres de primera necesidad.
Bases y solicitud:
https://sede.gva.es/en/inicio/procedimientos?id_proc=G101532
El conseller de Agricultura, Miguel Barrachina, ha informado en un comunicado que “la Conselleria anticipa un total de 28.187.510 euros a 25.804 agricultores correspondientes a las ayudas de la Solicitud Única 2024 de la Política Agrícola Común (PAC)”. Esta medida atiende la petición de la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) para que la Conselleria de Agricultura adelantara a partir del 16 de octubre los pagos de las ayudas directas y desarrollo rural en los porcentajes que establece la nueva legislación: “Nos alegramos de que el conseller haya cumplido su compromiso porque muchos agricultores y ganaderos atraviesan momentos muy difíciles”.
Barrachina ha indicado que, “puesto que el miércoles 16 de octubre es el primer día hábil que se puede abonar el anticipo de estas ayudas europeas, lo hacemos para ayudar al sector primario, para contribuir a su liquidez y mejorar en la medida de lo posible su situación”.
El abono del anticipo de las ayudas directas de la PAC se extenderá hasta el próximo 30 de noviembre, y a partir del 1 de diciembre comenzarán los pagos para saldar el importe completo de las ayudas.
El plazo ordinario para el pago del saldo finalizará el 30 de junio de 2025, aunque la Conselleria transfiere los fondos antes, y solo los expedientes con mayores dificultades sufren algunas demoras. Son aquellos expedientes con incidencias administrativas, expedientes con controles de campo, beneficiarios que han tramitado alguna cesión de derechos, o los que tienen situaciones en estudio en relación con el SIGPAC.
En esta ocasión, la Comisión Europea permite anticipar hasta un máximo del 70 % de los pagos directos de la PAC, incluidos en la Solicitud Única de ayuda.
Además, Barrachina ha destacado el esfuerzo de simplificación que la Conselleria está realizando para facilitar la tramitación de los expedientes, evitando, por ejemplo, el aporte masivo de fotos georreferenciadas por parte de los agricultores y ganaderos, así como la demora en exigir el cuaderno digital de explotación.
Igualmente, el conseller ha subrayado que “el importe de 28,1 millones de euros que se va a transferir a los agricultores y ganaderos a partir de hoy supera en más de un 70 % los importes anticipados en el año anterior, que fueron de 16,5 millones de euros”.
En este sentido, Barrachina ha explicado que, de esta manera, se intenta paliar los efectos de la aplicación de la PAC 2023-2027, que ha supuesto una adaptación en buena parte del sector primario valenciano a las nuevas exigencias de esta política y, por supuesto, “apoyamos a los titulares de explotaciones agrarias que hacen frente a la sequía y a las dificultades de mercado derivadas de la inflación en el precio de los insumos y las dificultades de comercialización por la situación bélica en Ucrania”.
El Ministerio de Agricultura publica en el BOE el Real Decreto 1028/2024, de 8 de octubre, por el que se modifican diversos reales decretos en materia de política agrícola común, para su adaptación a la modificación del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Las modificaciones incluidas en este real decreto forman parte de las modificaciones del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) en España, consensuadas con todas las comunidades autónomas y que fueron aprobadas por la Comisión Europea el pasado 30 de agosto.
Entre otros aspectos, se establece la voluntariedad en el uso de fotos geoetiquetadas. También se flexibiliza la gestión de los ecorregímenes para alcanzar un mayor beneficio ambiental.
En particular, se introducen cambios para promover la aplicación de determinadas prácticas de los ecorregímenes de pastos, como la disminución del porcentaje sin segar de las prácticas de islas de biodiversidad, así como distintas flexibilidades para mejorar la acogida de la siega sostenible. De igual forma, se flexibilizan aspectos de la práctica de rotación con especies mejorantes, para lo que se elimina el porcentaje máximo de barbecho y se rebaja el porcentaje exigido de leguminosas en zonas áridas.
En el ecorrégimen de espacios de biodiversidad se incluyen nuevos elementos como el no cosechado de leguminosas o las franjas de biodiversidad y se flexibiliza alguno de los requisitos en alguno de los espacios existentes.
Igualmente, se introducen cambios en las dos prácticas de cubiertas incluidas en los ecorregímenes de cultivos leñosos, para lograr una mayor acogida de las superficies de secano y secano árido, con mayores dificultades de aplicación por sus condiciones edafoclimáticas. Así, se permite, por ejemplo, el establecimiento de cubiertas en calles alternas, labores verticales en ciertas épocas del año o la eliminación del periodo mínimo en el que la cubierta vegetal debe estar viva sobre el terreno, entre otras.
Así mismo, se revisan otras cuestiones relacionadas con los requisitos de las ayudas acopladas y se realizan determinados ajustes en las disposiciones financieras, en base a la experiencia adquirida en la gestión y aplicación de las ayudas de la PAC en la campaña 2023.
Este nuevo real decreto, que también incluye los ajustes técnicos necesarios tras más de un año de aplicación de la nueva PAC, viene a complementar la modificación del real decreto de condicionalidad que ya fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 19 de junio.
La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, establece las bases reguladoras de las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la bacteria de cuarentena Xylella fastidiosa.
Esta ayuda está dotada con un crédito de 500.000,00 euros, figurando como beneficiarios previstos aquellas personas agricultoras de la Comunitat Valenciana que se vean afectadas por el arranque obligatorio de los cultivos afectados por plagas que sean objeto de control y erradicación.
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, ha establecido las bases reguladoras de las ayudas a la ganadería ecológica en prácticas extensivas en la Comunitat Valenciana cuantificadas en 79.403,90 euros.