Gestión de ayudas

El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc. 

Las personas que tramitan la Solicitud Única 2023 deben cumplimentar el documento de cuaderno de explotación adjunto. A partir del 1 de septiembre de 2023 los agricultores que tengan la siguiente explotación tendrán que hacer el Cuaderno de Explotación Digital en la plataforma que habilite el Ministerio a partir del 1 de julio de 2023:

 - Explotaciones que tengan mas de 5 hectáreas de regadío.

- Explotaciones que dispongan de alguna parcela de invernadero.

- Explotaciones que tengan mas de 30 hectáreas de tierras de cultivo de secano o pastos permanentes.

- Explotaciones que tengan mas de 10 hectáreas de cultivos permanentes de secano.             

Para el resto de explotaciones agrarias entrara en vigor el 1 de julio de 2024.

 

Adjunto remitimos el documento de la Conselleria con las fichas explicativas sobre cómo realizar los curso obligatorios para los que piden las ayudas de PDRCV:

                - Agroambiental del arroz.

                - Apicultura para la biodiversidad.

                - Protección de las aves esteparias. 

Para mas información contacten en el siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

Adjunta remitimos la RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2023, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, mediante la que se establece la convocatoria para concesión y solicitud de pago anual de las ayudas incluidas en la solicitud única dentro del marco del Plan estratégico de la política agrícola común (PEPAC) para el año 2023 y de las ayudas a los agricultores en zonas con limitaciones naturales contenidas en la medida 13 del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana (PDRCV) 2014-2022.

Adjunta remitimos la RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2023, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo de la Comunitat Valenciana para operaciones que finalicen en la campaña 2023/2024, al amparo de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Las personas interesadas en tramitar la ayuda con AVA-ASAJA tienen como plazo máximo para solicitarla hasta mañana, 21 de abril, a las 12:00 h. llamando al 96 380 46 06. El plazo termina oficialmente el día 24 de abril.

El Ministerio ajusta los pagos de la Solicitud Única 2022 de acuerdo con la disciplina financiera. Afectará a los perceptores que cobren más de 2000 €. Adjunta remitimos la nota técnica sobre el coeficiente provisional de reembolso de la disciplina financiera aplicada en el ejercicio financiero 2022.

Adjuntas remitimos 3 presentaciones de la Conselleria que abordan las novedades de la PAC 2023-2027.

Adjunta remitimos la RESOLUCIÓN de 19 de febrero 2023, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan ayudas a inversiones en explotaciones agrarias en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020, financiadas por el Instrumento Europeo de Recuperación (Planes de mejora), así como las órdenes de bases.

Plazo: El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación (24.02.2023).

Contacta con nuestros servicios técnicos para tramitar la ayuda en el 96 380 46 06.

AVA-ASAJA informa que desde mañana se abre un plazo de diez días hábiles para tramitar la solicitud de las ayudas que la Conselleria de Agricultura, atendiendo a la reivindicación de AVA-ASAJA, ha aprobado por los efectos de la guerra en Ucrania para los productores valencianos de caquis, níspero, frutas de hueso (melocotonero, ciruelo, albaricoque, nectarino y cerezo), uva de mesa, pavo y apicultura.

En la resolución adjunta se especifican las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios, como estar inscritos en el REGEPA a 30 de noviembre de 2022. Además, en la orden de bases, el artículo 3 indica las obligaciones.

Para tramitar la solicitud, hay que dirigirse y acudir de forma PRESENCIAL a la entidad que gestionó su Solicitud Única de la PAC o el REGEPA. El pago se efectuará antes del 15 de octubre de 2023. 

El importe por beneficiario y grupo de cultivo será el siguiente:

Productores de caquis, nísperos, frutas de hueso y uva de mesa:

 

Superficie mínima: 0,5 hectáreas

De 0,5 a 1 hectárea: 300 euros como máximo

De 1 a 3 hectáreas: 600 euros como máximo

De 3 a 5 hectáreas: 800 euros como máximo

De 5 a 15 hectáreas: 1.400 euros como máximo

Más de 15 hectáreas: 2.500 euros como máximo

 

Productores de pavos de engorde:

De 150 a 600 pavos: 600 euros como máximo

De 601 a 3.000 pavos: 810 euros como máximo

De 3.001 a 6.000 pavos: 1.200 euros como máximo

De 6.001 a 12.000 pavos: 1.800 euros como máximo

De 12.001 a 18.000 pavos: 2.400 euros como máximo

De 18.001 a 24.000 pavos: 3.000 euros como máximo

De 24.001 a 30.000 pavos: 3.600 euros como máximo

Más de 30.001 pavos: 4.800 euros como máximo

 

Apicultores:

De 200 a 400 plazas de colmenas: 500 euros como máximo

De 401 a 600 plazas de colmenas: 600 euros como máximo

De 601 a 800 plazas de colmenas: 700 euros como máximo

De 801 a 1.000 plazas de colmenas: 800 euros como máximo

Más de 1.001 plazas de colmenas: 1.200 euros como máximo

 

Si bien AVA-ASAJA valora de manera positiva estas medidas, continuará insistiendo a la Conselleria de Agricultura para extender este tipo de ayudas a otras producciones que atraviesan igualmente una grave crisis de rentabilidad como la uva para vinificación, el almendro, el olivar, etc.

Consulta pública de las personas beneficiarias de las ayudas Extraordinarias a los Fertilizantes a través del siguiente enlace:  

https://www3.sede.fega.gob.es/gesaexcse/inicio/inicio.action

ADVERTENCIA: Sin perjuicio de lo recogido en los puntos anteriores, los beneficiarios que aún no hayan recibido los pagos de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la solicitud única de la campaña 2022, y finalmente los reciban dentro del periodo ordinario para efectuar el pago a los beneficiarios, de conformidad al artículo 75.1 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, serán comunicados por las comunidades autónomas al FEGA e incluidos de oficio en una nueva resolución complementaria de titulares de las explotaciones agrícolas a los que se refiere el apartado 2 del artículo 30, del Real Decreto-Ley 20/2022, de 27 de diciembre.

ALEGACIONES: Los titulares de las explotaciones a los que se refiere el Anexo de la presente resolución, así como las personas interesadas que no figuren en la relación, o sus representantes, de acuerdo con la letra c) del apartado 7 del artículo 30 del citado Real Decreto-Ley, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, para alegar los errores, omisiones y otras circunstancias que estimen convenientes. Las alegaciones se deberán presentar única y exclusivamente en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), https://www.sede.fega.gob.es, a través del formulario de alegaciones establecido de manera específica para este procedimiento y aportando la documentación correspondiente que sea requerida en dicho formulario.

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