El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc.
La ayuda se ingresará de forma automática en la cuenta bancaria donde el agricultor tenga domiciliado el seguro agrario, sin necesidad de realizar ninguna solicitud
El Consejo de Ministros ha aprobado una nueva línea de ayudas excepcionales para compensar los daños ocasionados por la DANA de finales de octubre y principios de noviembre de 2024 que no fueron cubiertos por el seguro agrario (la conocida franquicia).
Dotada con 13 millones de euros procedentes de la reserva de crisis de la Unión Europea, esta ayuda cubrirá el 100 % de la franquicia en los 78 municipios recogidos en el Real Decreto-ley 7/2024 (75 de ellos en la provincia de Valencia). En el resto de zonas afectadas, la compensación será del 85%.
La ayuda se ingresará de forma automática en la cuenta bancaria donde el agricultor tenga domiciliado el seguro agrario, sin necesidad de realizar ninguna solicitud. Por lo que no hay que realizar ningún trámite para el mismo.
En los próximos días se publicará la lista de beneficiarios. Si alguna persona afectada no figura en dicha relación, deberá ponerse en contacto con el Departamento de Seguros de AVA-ASAJA para realizar la reclamación pertinente.
Puedes consultar el BOE con toda la información. Añadimos este breve resumen del mismo:
Quiénes pueden beneficiarse
Cálculo e importe de la ayuda
La cantidad final se calcula restando del daño total peritado por Agroseguro el importe ya indemnizado por el seguro, aplicando el porcentaje que corresponda (100% o 85%).
Plazos y procedimiento
El procedimiento de concesión es de oficio (no hay que presentar solicitud). Se inicia automáticamente a la entrada en vigor del Real Decreto.
En un plazo máximo de 10 días desde la entrada en vigor, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) publicará en su sede electrónica el listado provisional de perceptores y la cuantía estimada de la ayuda.
Los beneficiarios tendrán 5 días hábiles desde la publicación para renunciar a la ayuda o declarar incompatibilidades/compensación excesiva.
El plazo máximo para la resolución y publicación de la concesión es de dos meses desde la entrada en vigor del Real Decreto. Si en ese plazo no hay resolución expresa, se entenderá desestimada (“silencio administrativo”).
El pago se efectuará directamente en la cuenta bancaria del titular de la póliza, una vez verificadas las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado el séptimo y último listado de concesión de ayudas directas a agricultores y ganaderos afectados por la DANA. En total, se han abonado 77 millones de euros a 9.136 beneficiarios, con un importe máximo de 25.000 euros y un mínimo de 5.000 euros, siempre que no se hayan recibido otras ayudas directas, en cuyo caso la cuantía se reduce.
De estos beneficiarios, 8.530 corresponden a la provincia de Valencia, con una cuantía total de más de 64,5 millones de euros. El listado completo está disponible en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y puedes consultarlo AQUÍ.
Con esta publicación se da por finalizada la relación parcial de beneficiarios, quedando pendiente únicamente la resolución de ciertos expedientes de personas jurídicas, que serán notificadas de forma individual una vez se resuelva su situación. Si eres agricultor afectado y no apareces en este ni en los anteriores listados, desde AVA-ASAJA te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros para iniciar el trámite de recurso a través de los departamentos correspondientes: Dep. Aguas, Proyectos y Expropiaciones y Dep. Técnico.
El plazo para presentar recursos de alzada ante el Ministerio de Agricultura comienza ahora, tras la publicación de este último listado.
La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha publicado el listado de beneficiarios con los importes asignados de las subvenciones concedidas al amparo de la convocatoria de ayudas de intervención en el sector apícola 2025. Puedes descargarte el listado en el documento adjunto al final de la noticia.
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas destinadas al control de la vegetación natural mediante aprovechamiento ganadero extensivo en zonas estratégicas ligadas a la prevención de incendios forestales en la Comunidad Valenciana (PASTPIF) en el ejercicio 2025.
La Conselleria de Agricultura publica un nuevo listado de 166 beneficiarios de ayudas por la sequía y la guerra de Ucrania por un importe total de 108.110,16 euros. Con ello se corrigen errores materiales de una resolución previa de diciembre de 2024, incluyendo expedientes que quedaron fuera por fallos informáticos.
Accede al listado de beneficiarios descargándote el documento adjunto al final de la noticia.
La Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio convoca las ayudas destinadas a facilitar el control poblacional del jabalí en los municipios con sobreabundancia de la Comunitat Valenciana.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que figuren en la lista de municipios declarados con sobreabundancia de jabalí de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección General de Medio Natural y Animal.
Los solicitantes deberán aportar un certificado de acuerdo adoptado por el Pleno para solicitar esta ayuda o, en su caso, por la Junta de Gobierno Local cuando acredite tener esta facultad delegada, o por el alcalde o alcaldesa de la corporación, con la posterior ratificación del Pleno o de la Junta en el caso de que tenga esta facultad delegada.
Los solicitantes deberán aportar un certificado del nombramiento de una persona responsable de la dirección técnica de las actividades para las cuales solicite la subvención.
El importe mínimo de gastos subvencionables para optar a la ayuda es de 2.000 euros por ayuntamiento.
La cuantía máxima subvencionable a cada ayuntamiento solicitante será de 18.000 euros.
Los controles poblacionales de jabalí para los que se solicite la subvención deberán contar, antes de realizarse, con la autorización de la dirección territorial que corresponda.
Los solicitantes deberán contar con el permiso del titular cinegético para efectuar el control de jabalí cuando este afecte a un espacio cinegético declarado.
El material que se adquiera o utilice en los controles poblacionales de jabalí para los que se solicite la subvención deberá cumplir con la homologación de la dirección general competente en materia cinegética. La adquisición de material de segunda mano no será subvencionable.
Cuando el gasto para el cual se solicite la subvención corresponda al de adecuación de recinto para la eliminación de cadáveres o colocación de los contenedores destinados a su recogida, será necesario que la conselleria competente en materia de cinegética emita un acta favorable de no existencia previa y no inicio de la ejecución, antes de que finalice el plazo máximo de ejecución de las actuaciones subvencionables.
Serán subvencionables los gastos realizados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, siempre y cuando recaiga resolución aprobatoria de ayuda para la actividad solicitada.
El plazo máximo de ejecución de las actuaciones subvencionables finaliza el 31 de octubre de 2025.
Las personas solicitantes están obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, por lo que deberán presentar las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la dirección de internet: sede.gva.es/es/proc103325, utilizando los correspondientes modelos normalizados disponibles en la misma.
Más información llamando al 96 380 46 06 y preguntando por el Departamento Técnico.
La Conselleria de Agricultura abre el día 8 de julio el plazo de solicitud de las ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores de la Comunitat Valenciana. El plazo para tramitar la solicitud será de 3 meses (8 de octubre) desde mañana día 8 de julio.
La Conselleria de Agricultura ha publicado el listado de beneficiarios de las ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas de herbáceos, forrajeras y aromáticas, hortícolas y viveros afectados por la DANA.
Consulta el listado descargándote el documento adjunto al final de la noticia
El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una sexta relación de parcial con 177 beneficiarios, titulares de explotaciones agrarias afectados por la DANA, por importe de 2 millones de euros.