El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc.
La Generalitat Valenciana, a través del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) convoca ayudas para la realización de actuaciones dirigidas a mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de regadío y la mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias, contribuyendo así a reducir el consumo de energía final en el sector agrícola.
Estas ayudas se contemplan en la resolución de 5 de junio, publicado en el DOGV el 11 de junio, mientras que las bases reguladoras son las aprobadas en el RD 149/2021, de 9 de marzo.
La dotación presupuestaria es de 2.386.540 euros, con cargo a la línea presupuestaria del IVACE S6849000 “Ahorro y eficiencia energética”, si bien el presupuesto programado se podría ampliar si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad y no se hubiera expirado el plazo de vigencia del mismo.
Las actuaciones subvencionables son las siguientes:
Actuación 1:
o Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío: ejecución de actuaciones de reforma de las instalaciones de regadío en explotaciones agropecuarias y comunidades de regantes, por renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
§ Las actuaciones podrán ser:
· Sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente.
· Implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos o la sustitución por equipos más eficiente energéticamente en bombeos.
· Implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyan de forma directa al ahorro energético.
· Instalación o sustitución de batería de condensadores
· No serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.
Actuación 2:
o Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables, realizando las actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las expropiaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2.
§ Las actuaciones podrán ser:
· Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzca la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios.
· Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, distribución, regulación y control terminal de los elementos térmicos.
· Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas.
· Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, bombas de calor,…)
· Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior.
· Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades.
Los requisitos que deben cumplirse, a rasgos generales, son los siguientes:
A) Conseguir y justificar una reducción el consumo de energía final de un 10%.
B) El ahorro final de energía.
- Solo se admitirán actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
- Cuantía de las ayudas: 30% del coste elegible. Ayuda máxima por proyecto: 300.000 euros.
- Entidades beneficiarias:
o Personas físicas
o Personas jurídicas (privadas y públicas)
o C.R y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común del agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
o Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.
o Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente.
o Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
o Las empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos.
- Plazo de presentación de las solicitudes: hasta el 31 de diciembre de 2021.
- El procedimiento de presentación de solicitudes y documentos será de manera telemática.
La admisión y aceptación será por riguroso orden de presentación
Adjunta remitimos la RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2021, del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se publica, a efectos de notificación, la relación de beneficiarios de las subvenciones concedidas al amparo de la convocatoria de ayudas, para mejora de las condiciones de producción y comercialización de la miel 2021.
Adjunto remitimos el DECRETO 77/2021, de 4 de junio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de subvenciones a explotaciones de vacuno de raza de lidia y de ovino de raza guirra por la Covid-19.
El pasado 17 de mayo finalizó el plazo para tramitar la solicitud de las ayudas PAC, sin embargo, todavía es posible realizarla con una penalización por cada día hábil transcurrido. A continuación indicamos las fechas límites y plazos para cada trámite y la nota técnica emitida por el Ministerio de Agricultura.
- Fecha límite para tramitar la Solicitud Única con penalización: Hasta el 11-6-2021. Por cada día hábil que pase se penalizará un 1%.
- Fecha límite para tramitar las cesiones o transferencias de derechos de pago básico: 15-6-2021.
- Fecha límite para tramitar derechos de pago básico a la reserva nacional sin penalización: 17-5-2021.
- Fecha límite para tramitar derechos de pago básico al reserva nacional con penalización: Hasta el 11-6-2021. Por cada día hábil que pase se penalizará un 3%.
- Fecha límite para hacer modificaciones de la Solicitud Única: Hasta el 15-6-2021.
- Fecha límite para notificar controles preliminares: Hasta el 16-6-2021.
- Fecha límite para comunicar cambios con motivo de los controles preliminares: Hasta el 25-6-2021.
- Fecha límite para comunicar cambios con motivo de los controles de monitorización: Hasta el 31-8-2021.
- Fecha límite para tramitar alegaciones al SIGPAC con motivo de la Solicitud Única: 15-6-2021.
- Fecha límite para tramitar alegaciones al SIGPAC con motivo de los controles preliminares: 25-6-2021.
- Fecha límite para tramitar alegaciones al SIGPAC con motivo de los controles de monitorización: 31-8-2021.
Adjunta remitimos la resolución de la Conselleria por la que se publica la convocatoria de ayudas a la primera instalación de jóvenes agricultores para 2021. El plazo de solicitudes termina el próximo 7 de julio.
El presupuesto total de la convocatoria es de 12.250.000 euros. Las personas que la soliciten deben tener entre 18 y 40 años de edad.
En esta convocatoria obligatoriamente los planes deben finalizar en 2023, lo que supone que cuando se presente la solicitud de pago final los y las jóvenes deberán poder acreditar que cumplen la condición de agricultores profesionales y que sus explotaciones pueden ser calificadas como explotaciones prioritarias a partir de la declaración del IRPF presentada en 2023 correspondiente a los ingresos del ejercicio 2022.
Para más información contacta con nuestro departamento técnico en el 96 380 46 06 o enviando un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Se ha publicado la orden ministerial que amplía el plazo de presentación de la Solicitud Única de la PAC 2021 hasta el día 15 de mayo. Dado que el 15 de mayo es sábado, se admitirán solicitudes presentadas el siguiente día hábil, que será el lunes 17 de mayo. Asimismo, el plazo para presentar modificaciones a la Solicitud Única 2021 se establece en el día 15 de junio.
Adjunta remitimos la orden APA/407/2021, de 25 de abril, por la que se amplían, para el año 2021, los plazos de presentación de la solicitud única y de la modificación de la solicitud única, establecidos respectivamente en los artículos 95 y 96 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2021, de la Dirección General de Agricultura Ganadería y Pesca, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, las ayudas a la mejora de la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.
Este año se otorgarán 10 puntos a las explotaciones porcinas a fin de facilitar las inversiones del listado de inversiones del grupo E.
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 10/05/2021
La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) recuerda a sus asociados que la resolución de las ayudas destinadas a la reestructuración de las plantaciones de viñedo se publicará la semana próxima. El plazo estará abierto únicamente 15 días, por lo que se recomienda a todas aquellas personas interesadas que se pongan en contacto con los técnicos David Romero y Lucía Valero en el 96 380 46 06 para ir avanzando este trámite.
Adjunta remitimos la modificación de la orden de bases de Ayudas para mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel, ampliando el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de marzo de 2021 y ampliando los conceptos subvencionables.