El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc.
Adjuntas remitimos 3 presentaciones de la Conselleria que abordan las novedades de la PAC 2023-2027.
Adjunta remitimos la RESOLUCIÓN de 19 de febrero 2023, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan ayudas a inversiones en explotaciones agrarias en el marco del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020, financiadas por el Instrumento Europeo de Recuperación (Planes de mejora), así como las órdenes de bases.
Plazo: El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación (24.02.2023).
Contacta con nuestros servicios técnicos para tramitar la ayuda en el 96 380 46 06.
AVA-ASAJA informa que desde mañana se abre un plazo de diez días hábiles para tramitar la solicitud de las ayudas que la Conselleria de Agricultura, atendiendo a la reivindicación de AVA-ASAJA, ha aprobado por los efectos de la guerra en Ucrania para los productores valencianos de caquis, níspero, frutas de hueso (melocotonero, ciruelo, albaricoque, nectarino y cerezo), uva de mesa, pavo y apicultura.
En la resolución adjunta se especifican las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios, como estar inscritos en el REGEPA a 30 de noviembre de 2022. Además, en la orden de bases, el artículo 3 indica las obligaciones.
Para tramitar la solicitud, hay que dirigirse y acudir de forma PRESENCIAL a la entidad que gestionó su Solicitud Única de la PAC o el REGEPA. El pago se efectuará antes del 15 de octubre de 2023.
El importe por beneficiario y grupo de cultivo será el siguiente:
Productores de caquis, nísperos, frutas de hueso y uva de mesa:
Superficie mínima: 0,5 hectáreas
De 0,5 a 1 hectárea: 300 euros como máximo
De 1 a 3 hectáreas: 600 euros como máximo
De 3 a 5 hectáreas: 800 euros como máximo
De 5 a 15 hectáreas: 1.400 euros como máximo
Más de 15 hectáreas: 2.500 euros como máximo
Productores de pavos de engorde:
De 150 a 600 pavos: 600 euros como máximo
De 601 a 3.000 pavos: 810 euros como máximo
De 3.001 a 6.000 pavos: 1.200 euros como máximo
De 6.001 a 12.000 pavos: 1.800 euros como máximo
De 12.001 a 18.000 pavos: 2.400 euros como máximo
De 18.001 a 24.000 pavos: 3.000 euros como máximo
De 24.001 a 30.000 pavos: 3.600 euros como máximo
Más de 30.001 pavos: 4.800 euros como máximo
Apicultores:
De 200 a 400 plazas de colmenas: 500 euros como máximo
De 401 a 600 plazas de colmenas: 600 euros como máximo
De 601 a 800 plazas de colmenas: 700 euros como máximo
De 801 a 1.000 plazas de colmenas: 800 euros como máximo
Más de 1.001 plazas de colmenas: 1.200 euros como máximo
Si bien AVA-ASAJA valora de manera positiva estas medidas, continuará insistiendo a la Conselleria de Agricultura para extender este tipo de ayudas a otras producciones que atraviesan igualmente una grave crisis de rentabilidad como la uva para vinificación, el almendro, el olivar, etc.
Consulta pública de las personas beneficiarias de las ayudas Extraordinarias a los Fertilizantes a través del siguiente enlace:
https://www3.sede.fega.gob.es/gesaexcse/inicio/inicio.action
ADVERTENCIA: Sin perjuicio de lo recogido en los puntos anteriores, los beneficiarios que aún no hayan recibido los pagos de las ayudas directas de la PAC correspondientes a la solicitud única de la campaña 2022, y finalmente los reciban dentro del periodo ordinario para efectuar el pago a los beneficiarios, de conformidad al artículo 75.1 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, serán comunicados por las comunidades autónomas al FEGA e incluidos de oficio en una nueva resolución complementaria de titulares de las explotaciones agrícolas a los que se refiere el apartado 2 del artículo 30, del Real Decreto-Ley 20/2022, de 27 de diciembre.
ALEGACIONES: Los titulares de las explotaciones a los que se refiere el Anexo de la presente resolución, así como las personas interesadas que no figuren en la relación, o sus representantes, de acuerdo con la letra c) del apartado 7 del artículo 30 del citado Real Decreto-Ley, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, para alegar los errores, omisiones y otras circunstancias que estimen convenientes. Las alegaciones se deberán presentar única y exclusivamente en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), https://www.sede.fega.gob.es, a través del formulario de alegaciones establecido de manera específica para este procedimiento y aportando la documentación correspondiente que sea requerida en dicho formulario.
Adjunta remitimos la Orden APA/122/2023, de 8 de febrero, por la que se concretan determinados requisitos y condiciones relativos a la ayuda de Estado por el incremento de los costes de los agricultores por el uso de productos fertilizantes, recogida en el artículo 30 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
La Conselleria de Agricultura, atendiendo a la reivindicación de AVA-ASAJA, ha aprobado hoy las bases reguladoras de ayudas, por los efectos de la guerra en Ucrania, para los productores valencianos de caquis, níspero, frutas de hueso (melocotonero, ciruelo, albaricoque, nectarino y cerezo), uva de mesa, pavo y apicultura.
Según la orden publicada en el DOGV, podrán acceder los titulares que estén inscritos en el REGEPA a 30 de noviembre de 2022. Los beneficiarios tendrán un plazo de diez días para tramitar sus solicitudes desde la publicación de la convocatoria de ayudas, que previsiblemente se producirá la semana que viene.
El importe por beneficiario y grupo de cultivo será el siguiente:
Productores de caquis, nísperos, frutas de hueso y uva de mesa:
Superficie mínima: 0,5 hectáreas
De 0,5 a 1 hectárea: 300 euros como máximo
De 1 a 3 hectáreas: 600 euros como máximo
De 3 a 5 hectáreas: 800 euros como máximo
De 5 a 15 hectáreas: 1.400 euros como máximo
Más de 15 hectáreas: 2.500 euros como máximo
Productores de pavos de engorde:
De 150 a 600 pavos: 600 euros como máximo
De 601 a 3.000 pavos: 810 euros como máximo
De 3.001 a 6.000 pavos: 1.200 euros como máximo
De 6.001 a 12.000 pavos: 1.800 euros como máximo
De 12.001 a 18.000 pavos: 2.400 euros como máximo
De 18.001 a 24.000 pavos: 3.000 euros como máximo
De 24.001 a 30.000 pavos: 3.600 euros como máximo
Más de 30.001 pavos: 4.800 euros como máximo
Apicultores:
De 200 a 400 plazas de colmenas: 500 euros como máximo
De 401 a 600 plazas de colmenas: 600 euros como máximo
De 601 a 800 plazas de colmenas: 700 euros como máximo
De 801 a 1.000 plazas de colmenas: 800 euros como máximo
Más de 1.001 plazas de colmenas: 1.200 euros como máximo
AVA-ASAJA valora de manera positiva estas medidas pero seguirá insistiendo en la necesidad de extender este tipo de ayudas a otras producciones que atraviesan igualmente una grave crisis de rentabilidad como la uva, el almendro, el olivar, etc.
Adjunto remitimos un documento en el que el Ministerio de Agricultura responde a las preguntas más frecuentes sobre la ayuda los fertilizantes.
RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2022, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan para 2023 las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola.
Adjunto remitimos un informe del Ministerio de Agricultura con las preguntas más frecuentes sobre la nueva PAC 2023-2027 en relación a la condicionalidad reforzada.