Gestión de ayudas

El sector agrario valenciano dispone de distintas líneas de ayudas y subvenciones, tanto con fondos autonómicos como nacionales o europeos, que aspiran a respaldar la viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Conocer los detalles de estas ayudas no es un asunto baladí puesto que pueden suponer para los beneficiarios una ventaja competitiva de vital importancia. En este apartado podrá estar al día de los objetivos de cada subvención, los requisitos, el plazo de solicitud, la cuantía de ayuda, etc. 

Tras las pertinentes gestiones con el FEGA, AVA-ASAJA puede presentar de forma telemática la declaración responsable, en representación de los asociados, que la Administración requiere para abonar esta ayuda (https://acortar.link/XntmRl).

En el caso de las personas jurídicas -que tienen la obligación de relacionarse con la Administración por medios digitales- AVA-ASAJA ofrecerá su asesoramiento para el correcto envío de la declaración responsable. Todos estos servicios son gratuitos.

El plazo de tramitación del primer listado del FEGA (https://acortar.link/zAIz0e) acaba el 27 de julio.

La cuantía es 38,33 €/ha en secano y 92,50 €/ha en regadío.

Los beneficiarios que no estén de acuerdo con los datos aparecidos en el primer listado han de comunicar una subsanación en la página web del FEGA, la cual también facilita AVA-ASAJA.

Los beneficiarios deben tener al menos una factura de compra de abonos a partir del 1 de marzo de 2026.

Las personas que no figuran en el primer listado no deben hacer ninguna gestión hasta que se publique el último listado y, en caso de no aparecer en ninguno, entonces tendrían que presentar un recurso.

Más información llamando al 96 380 46 06 y preguntando por el Departamento Técnico.

La Generalitat ha publicado la relación de explotaciones susceptibles de recibir las ayudas 2026 destinadas a compensar las limitaciones al cultivo en las zonas H1 y H2 de la Huerta de València, y ha abierto el plazo para presentar las solicitudes.

Importe de la ayuda

  • 1.500 €/ha subvencionable.
  • +500 €/ha para titulares jóvenes (menores de 41 años a 30 de abril de 2026).
  • Máximo de 20.000 € por explotación.

Requisitos principales

  • La explotación debe estar inscrita y actualizada en el REACV a fecha 30 de abril de 2026.
  • Solo serán subvencionables las parcelas cultivadas, sin signos de abandono.
  • La superficie mínima subvencionable es de 0,1 hectáreas.

Plazo de solicitud
Hasta el 31 de agosto de 2026. También podrán presentar solicitud quienes no aparezcan en el listado por error o discrepen de la superficie publicada, aportando la documentación justificativa y fotografías georreferenciadas de las parcelas cultivadas.

Solicitud por sede electrónica a través de este enlace: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=109721 

Más información llamando al teléfono 96 380 46 06 y preguntando por Sergio Navarro o por correo a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

 

La Conselleria de Medio Ambiente ha publicado en el DOGV una nueva ayuda para ganaderos de ovino, caprino, equino y/o bovino que pasten en zonas estratégicas de prevención de incendios forestales.

Cuánto: hasta 132 €/ha/año. Máximo 10.000 €/ganadero por el pastoreo, más hasta 2.000 € para collares GPS/vallado virtual, abastecimiento de agua o gastos veterinarios.

PLAZO: hasta el martes 7 de julio de 2026 (10 días hábiles)

Requisitos básicos:
* Explotación en REGA, en extensivo y con el censo al día.
* Autorización o derecho de uso de pastos en la zona.
* Mínimo 5 ha por solicitud.
* Carga ganadera mínima por ha: ovino 5, caprino 3, equino 1, bovino 1.
* Al corriente con Hacienda y Seguridad Social.

El cobro depende de los días de pastoreo por hectárea:
* 60 días o más → 100%
* 30 a 59 días → 50%
* menos de 30 → 0%

Hay que llevar cuaderno de campo. La actividad cuenta entre el 1 de enero y el 16 de octubre de 2026.

Es ayuda de minimis (tope 50.000 € en 3 años) y el crédito es limitado, en concurrencia competitiva.

Ya está publicada la convocatoria (BOE 12/06/2026). Subvenciones para comprar maquinaria agrícola NUEVA.


Presupuesto: 9.550.000 € para toda España
Plazo de solicitud: del 6 de julio al 15 de septiembre de 2026
Quién puede pedirla: personas físicas, jurídicas o agrupaciones (según RD 1055/2021)
Qué se subvenciona (máquina nueva):
-    Tractores
-    Automotrices: cosechadoras, equipos de fitosanitarios y fertilizantes, cisternas de purín, manipulación/carga, trituradoras
-    Arrastradas/suspendidas: sembradoras directas, abonadoras, equipos de fitosanitarios, trituradoras, mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas de purín con aplicación localizada
-    Agricultura de precisión: sensores NIR, autoguiado, adaptación a trabajo variable, kits ISOBUS y robots agrícolas
 IMPORTANTE: es concesión DIRECTA, es decir, por orden de llegada hasta agotar el presupuesto. No es concurrencia competitiva → conviene tramitar cuanto antes en cuanto abra el plazo.

Gracias a las gestiones realizadas por AVA-ASAJA la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha convocado ayudas «de minimis» destinadas a facilitar la recuperación del potencial productivo (frutales, cítricos, olivo, almendro, viña, caqui, aguacate) de las explotaciones agrícolas afectadas por la DANA.

 

¿Quién puede pedirla?

Titulares de explotación inscritos en el REA-CV en 2024

Parcelas en alguno de los municipios del Anexo I (Valencia y comarcas afectadas)

No pueden parcelas que hayan pasado a dominio público hidráulico

 

¿Qué paga?

Compra de plantones (vivero autorizado) + gastos de plantación
100% del coste, hasta 6.000 €/ha según densidad del Anexo II
IVA NO subvencionable
Mínimo: si sale menos de 300 €, se desestima
Tope de minimis: 50.000 € en 3 años

 

PLAZO

2 meses desde el día siguiente a la publicación → presentar cuanto antes. El crédito (26,7 M€) se reparte por orden de entrada; quien tarde se arriesga a quedarse fuera aunque cumpla. ¿Dónde? Telemático en https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=106691

 

Solo 1 solicitud por persona (vale la última presentada)

Cítricos: no se paga replantar con variedades que provoquen pinyolà

Incompatible con reestructuración de viñedo (sectorial vitivinícola)

Compromiso de mantener el cultivo 3 años

Justificar en 1 año con facturas de vivero + pago por transferencia

Ayudas para explotaciones ecológicas certificadas que hacen pastoreo/prácticas extensivas en la Comunitat Valenciana

Cuantía
150 €/UGM

Vacuno y equino → 1 UGM por reproductor
Ovino, caprino y colmenas → 0,15 UGM por cabeza/colmena
Máximo 5.000 €/beneficiario

Presupuesto total: 80.000 € (ampliable a 100.000). Si las solicitudes superan el crédito, se reparte a prorrateo → puede salir menos de lo calculado.
Plazo: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV. 


Lo imprescindible para solicitar:
-    Certificado del CAECV con el censo a fecha de solicitud (cabezas/colmenas)
-    Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
-    Domiciliación bancaria


Solicitud telemática (con certificado digital): sede.gva.es/proc22018

Es concurrencia competitiva y ayuda de minimis.

Abierta la convocatoria de las ayudas "INVERSIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO 2026" que tiene como objetivo apoyar y fomentar la actividad emprendedora en el término municipal de València, a través de la subvención de gastos de inversión realizados por personas autónomas o empresas en los diferentes sectores económicos productivos.

 

Plazo de solicitud: del día 11/06/2026 hasta el 30/06/2026 ambos inclusive.

 

¿Quién lo puede solicitar?   

Podrán solicitar estas subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, siempre que cumplan los siguientes requisitos de la convocatoria (apartado 4 de las Bases).

Quedan excluidas de participar en esta convocatoria:

 a) Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro.

 b) El autónomo colaborador

 

Cuantía

Se concederá una cuantía máxima de hasta 2.500€ a las solicitudes que cumplan los requisitos de esta convocatoria, por orden de presentación de las solicitudes y hasta agotar el crédito destinado a esta convocatoria.

Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación, hasta el importe máximo indicado.

 

 Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos de inversión realizados y devengados desde el 9 de julio de 2025 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de València (1 de junio de 2026), que respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada. (ver apartado 5.2 de las bases adjuntas de la convocatoria para ver los gastos de inversión concretos que se consideran subvencionables).

 

Presentación

Las solicitudes deberán de presentarse a través de este enlace de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia: https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.IE.245  (El apartado "Impresos" se activará el día que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.)

·         Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica en la convocatoria. La presentación finalizará con la firma electrónica de la solicitud.

  

Para la aclaración de dudas, las personas interesadas pueden contactar con el Servicio de Emprendimiento en horario de 8.30 h a 14.00 h de lunes a viernes en los números de teléfono: 96 208 40 77, 96 208 71 94, 96 208 36 59, ó 010.

También pueden plantear su consulta a través el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

El DOGV ha publicado la Orden 7/2026 que deroga la antigua Orden 9/2022, que regulaba las ayudas para el control de vegetación con ganado en extensivo en zonas de prevención de incendios.

Con ello se retira la norma anterior para poder aprobar unas bases nuevas y convocatoria juntas cada año, de forma más ágil.

Los que ya tienen un expediente en marcha de convocatorias anteriores, no habrá ningún cambio, se resuelve con las reglas de la Orden 9/2022.

Proximamente, habrá nuevas bases y nueva convocatoria que sacará la Dirección General de Prevención de Incendios.

La resolución publicada por la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca de la Generalitat Valenciana convoca para el ejercicio 2026 las ayudas destinadas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana. Estas subvenciones tienen como finalidad apoyar económicamente a los operadores ecológicos cubriendo parte de los costes derivados de la certificación de sus productos agroalimentarios, con el objetivo de fomentar la producción ecológica en el territorio valenciano.

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