El FEGA actualiza el visor a efectos de la rotación de cultivos

El FEGA ha publicado una nota explicativa (descargable en la parte inferior) sobre la publicación en el visor SIGPAC de una nueva capa de superficies de tierras de cultivos declaradas de un mismo cultivo en las tres últimas campañas (cultivos reiterados).

Se trata de la creación de una capa de cultivos reiterados para ayudar a los agricultores en la planificación de sus siembras advirtiéndoles de aquellas superficies en las que existe riesgo de incumplimiento de la BCAM7 de cara a la solicitud única de la campaña siguiente 2024. 

En esta nota se informa de la utilidad y manejo de la capa, empleo de su información de forma combinada con otras capas del Visor (recintos, línea de declaración), apoyo en la gestión de la Condicionalidad de las ayudas, así como explicación de los requisitos y excepciones aplicables conforme a la BCAM 7. 

Los agricultores tienen que cumplir en las tierras de cultivo con los compromisos definidos en la BCAM 7 de realizar una rotación de cultivos en todas las parcelas de la explotación excepto en las parcelas cultivadas con cultivos plurianuales, al menos, tras tres años.

Cuando exista un cultivo secundario en el mismo año que el cultivo principal, éste se considerará parte de la rotación, sin que se puedan utilizar las tierras en barbecho en estos casos.El cultivo secundario es el que se realiza entre dos cultivos principales, dando lugar a una pausa significativa entre los principales. No se permitirá justificar el uso del cultivo secundario como opción a la rotación exclusivamente en el tercer año, si no se ha utilizado previamente este recurso en todos los años anteriores.

El objetivo de esta capa es ayudar a los agricultores en la planificación de sus siembras, advirtiéndoles de aquellas superficies en las que existe riesgo de incumplimiento de la BCAM7 de cara a la solicitud única de la campaña siguiente, de modo que en su elección de siembra puedan tener esta información en consideración, junto con las anteriores declaraciones de cultivo que dispongan (2021-2023), y decidir así si rotar o no esta superficie

Además, esta capa podrá emplearse en 2024 por parte de las autoridades competentes de las CCAA como un elemento más a la hora de definir las muestras de control de la BCAM 7 conforme al ejemplo que se recoge a continuación, aunque no podrá ser utilizada de forma automática con fines de control o penalización.

A partir del mes de febrero de 2024 esta capa de cultivos reiterados se actualizará para ofrecer la información definitiva de las declaraciones 2023.

Por último, la nota del FEGA recuerda que durante la campaña agrícola 2023 se ha establecido una excepción por la cual no se aplica la BCAM 7 de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2022/1317. Esta excepción aplica solamente a los agricultores que no se acogen a los ecorregímenes vinculados a las prácticas de rotación y siembra directa.

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