El Consell ha aprobado las ayudas a la instalación de jóvenes agricultores

Hasta el próximo 15 de enero de 2018 está abierto el plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la instalación de jóvenes agricultores al amparo de la Orden 7/2015 correspondiente a la convocatoria 2017, publicada ayer día 13/11/2017 en el DOCV, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

Las principales novedades que va tiene esta convocatoria respecto a la anterior son las siguientes:

a) El presupuesto disponible es de 20.000.000 EUR, es decir, el doble del presupuesto de la anterior convocatoria 2016 y que esperamos sea suficiente para poder atender a la mayor parte de solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos.

b) El modelo de solicitud de ayuda incluye el plan empresarial. De esta forma, considerando que el plan empresarial es la base del proyecto de instalación, entendemos que al aportar el plan desde el principio existen más garantías de que las solicitudes que se presenten sean viables y, por tanto, esperamos reducir el número de jóvenes que renuncian tras haberse aprobado su solicitud.

c) El plazo para presentar la solicitud es de 2 meses

d) Se ha establecido, mediante Resolución del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, asignar la puntuación adicional que permite la Orden 7/2015, a las solicitudes que correspondan a explotaciones que dediquen al menos 1 UTA a la producción de carne de vacuno, ovino o caprino en régimen extensivo o semiextensivo, es decir, explotaciones con, al menos, 60 vacas nodrizas o 450 madres de ovejas o cabras, quedando por tanto los criterios de baremación tal como se recoge en el documento que se adjunta. (En este documento se ha corregido un error que existía en el documento anteriormente remitido, dado que las explotaciones de ovino o caprino deben tener al menos 450 madres (no ejemplares).

e) Tal como se describe en el modelo de solicitud, junto con dicha solicitud debe aportarse la siguiente documentación:


Acreditación de haber iniciado el proceso de instalación en un plazo máximo de 24 meses anteriores a la solicitud:

- Documentación que acredite la titularidad por propiedad o arrendamiento de una superficie agraria o de instalaciones ganaderas que representen al menos 0,2 UTA

- Compromiso firme de compraventa o arrendamiento acordado con el titular de una superficie agraria o de instalaciones ganaderas que representen al menos 0,2 UTA.

- Documentación que acredite la integración del solicitante en una entidad asociativa con personalidad jurídica en la que asume el control efectivo y a largo plazo, que sea titular de una explotación agraria que acredite la titularidad por propiedad o arrendamiento de una superficie agraria o de instalaciones ganaderas que representen al menos 0,2 UTA.

- Compromiso de integración en una entidad asociativa con personalidad jurídica en la que el solicitante asume un control efectivo y a largo plazo de la persona jurídica, que sea titular de una explotación agraria y que alcance la calificación de explotación prioritaria tras la ejecución del plan empresarial.

 

Documentación acreditativa de no haber iniciado el proceso de instalación en un plazo superior a 24 meses anteriores a la solicitud:

- Última declaración de IRPF o Certificado de la Administración tributaria de no hacer declaración de la renta

 

- Informe de Vida Laboral


En la parte inferior se adjunta la resolución de las ayudas, el extracto de las mismas y los criterios de baremación.

Para más información puede preguntar por nuestros servicios técnicos al teléfono 963 804 606.

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