Hasta 80.000 euros para jóvenes agricultores
En el caso de las personas jóvenes agricultoras, la prima básica se establece en 30.000 euros, aunque puede incrementarse hasta alcanzar un máximo de 80.000 euros en función de las características y actuaciones previstas en el plan empresarial.
Entre los supuestos que permiten incrementar la ayuda se encuentran la instalación en determinadas entidades asociativas, la generación de más de 2 UTA, la incorporación a una explotación mixta agrícola y ganadera, la ubicación de la explotación en zonas con limitaciones naturales o Red Natura 2000, la transformación o acondicionamiento de al menos el 25 % de la producción, la recuperación de tierras abandonadas y la realización de actuaciones relacionadas con la mejora de la competitividad, la I+D+i y la transferencia de conocimiento.
Para los nuevos agricultores, la prima básica será de 20.000 euros y podrá incrementarse hasta un máximo de 70.000 euros cuando se cumplan las condiciones establecidas en la convocatoria. Entre ellas figuran también la creación de más de 2 UTA, la instalación en explotaciones mixtas, la ubicación en zonas con limitaciones, la transformación de parte de la producción, la recuperación de tierras abandonadas o las actuaciones de mejora de la competitividad y fomento de la innovación.
En ambos casos, el pago se realizará en dos tramos: un primer pago correspondiente al 70 % de la ayuda cuando se acredite el establecimiento y un segundo pago del 30 % restante una vez finalizado el plan empresarial.
Dos meses para presentar las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el 5 de octubre de 2026. La tramitación deberá realizarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede de la Generalitat, mediante el procedimiento habilitado para estas ayudas.
Las personas beneficiarias deberán establecerse por primera vez como titulares de una explotación agraria y presentar un plan empresarial que, tras su ejecución, permita cumplir los requisitos para ser consideradas agricultoras profesionales y que la explotación pueda alcanzar la condición de explotación prioritaria.
El proceso de instalación podrá haberse iniciado hasta 24 meses antes de la presentación de la solicitud, aunque no podrá haber finalizado antes de solicitar la ayuda. Además, el plan empresarial deberá contemplar actuaciones posteriores a la concesión de la subvención.
Los objetivos deberán alcanzarse en dos fases: la persona beneficiaria deberá acreditar su establecimiento en un plazo máximo de seis meses desde la concesión, mientras que el plan empresarial deberá estar completamente ejecutado en un plazo máximo de 36 meses.
Las solicitudes deberán alcanzar al menos 15 puntos
La concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva, ordenándose las solicitudes de mayor a menor puntuación. La convocatoria establece un umbral mínimo de 15 puntos para poder acceder a las ayudas.
Entre los criterios de baremación se encuentran la creación de más de 2 UTA, determinadas modalidades de instalación, la titularidad compartida, el acceso de mujeres a la titularidad de las explotaciones, la ubicación en zonas con limitaciones naturales o municipios LEADER, la incorporación de actuaciones medioambientales y de lucha contra el cambio climático, la producción ecológica o de calidad diferenciada, la integración en entidades asociativas y la recuperación del potencial agrario o ganadero afectado por catástrofes o desastres naturales.
9,8 millones de euros de presupuesto
La convocatoria dispone de un presupuesto máximo de 8,27 millones de euros para las ayudas a jóvenes agricultores y de 1,53 millones de euros para los nuevos agricultores, sumando un total de 9,8 millones de euros.
Estas ayudas se enmarcan en las intervenciones 6961.1 y 6961.2 del PEPAC 2023-2027 y están cofinanciadas en un 60 % por el FEADER, un 16,24 % por la Administración General del Estado y un 23,76 % por la Generalitat Valenciana.
La convocatoria producirá efectos a partir del 5 de octubre de 2026.




