¿QUIÉN PUEDE PEDIRLAS?
- Agricultores individuales, titularidades compartidas o personas jurídicas (pymes)
- Explotación inscrita en REA/REGA/SIEX, mayoritariamente en la CV
- Dimensión mínima: 1 UTA (o alcanzarla tras el plan de mejora)
- Ser agricultor activo y profesional (renta agraria ≥ 50%)
- Edad: 18-65 años
- Capacitación agraria acreditada
- Estar al corriente con Hacienda y SS
CUANTÍA DE LA AYUDA
General: 40% de la inversión
+20% jóvenes agricultores (≤40 años, instalados últimos 5 años)
+15% zonas con limitaciones naturales, LEADER o Red Natura 2000
+15% explotaciones con compromisos medioambientales
Tope máximo general: 75%
80% para reconstruir potencial productivo dañado por la DANA 2024 y otras catástrofes
LÍMITES DE INVERSIÓN
- Mínimo: 6.000 € por plan
- Máximo: 125.000 €/UTA, con tope de 250.000 €/explotación en todo el periodo
- Entidades asociativas: se multiplica por nº socios profesionales (máx. 4)
¿QUÉ SE SUBVENCIONA?
Construcción/adquisición de inmuebles agrarios
Compra de terrenos (máx. 10% del total)
Plantaciones y reestructuración de cultivos permanentes
Reconstitución por desastres naturales (DANA)
Mejora de regadíos existentes (con ahorro de agua acreditado)
Maquinaria y vehículos agrícolas (NO de segunda mano)
Energías renovables para autoconsumo
Software, equipos informáticos, asesoramiento
NO se subvenciona: IVA recuperable, leasing/renting, bienes de 2ª mano, reparaciones, intereses, animales, plantas anuales, nuevos regadíos.
CRITERIOS DE BAREMACIÓN (mín. 18 puntos)
- Jóvenes <41 años: 7 pts
- - Explotación prioritaria: 7 pts
- Relevo generacional (18-57 años): 5 pts
- Titularidad compartida o mujer titular: 5 pts
- Zonas desfavorecidas/LEADER: 5 pts
- Producción ecológica/calidad diferenciada: 5 pts
- Recuperación tras catástrofes: 5 pts
- 2 UTA: 5 pts
- Inversiones medioambientales (≥25%): 3 pts
PLAZOS CLAVE
- Solicitud: según convocatoria (telemática obligatoria)
- Ejecución del plan: hasta 31/12/2028
- Resolución: 6 meses máx. desde convocatoria
- Mantenimiento inversiones: 5 años desde el pago (3 años para pymes)
OJO CON ESTO
- Las inversiones NO pueden iniciarse antes de la resolución (salvo honorarios técnicos previos)
- Incompatible con otras ayudas para la misma finalidad
- Para inversiones >350.000 €: proyecto técnico visado
- Inversiones fuera del Anexo I: 3 ofertas obligatorias de distintos proveedores
- Queda derogada la Orden 29/2016
La convocatoria concreta con plazos e importes saldrá próximamente en el DOGV .




