El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.
El pago de estas ayudas se realiza en dos periodos; un anticipo del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda, y posteriormente, el pago del saldo, entre el 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud.
Para la campaña 2025, tal y como establece el artículo 124.4 del Real Decreto 1048/2022, se podrán efectuar el segundo pago del saldo hasta el 30 de junio del año natural siguiente. Estos pagos tienen como finalidad alcanzar el 100% del pago total permitido, teniendo en cuenta las asignaciones financieras indicativas asignadas a cada intervención, así como lo regulado en los artículos 122.2 y 122.3 del citado Real Decreto.
El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) ha establecido los importes unitarios definitivos con los que se realizará el segundo pago del saldo. Este cálculo se realiza tomando como base las superficies determinadas por la que se ha solicitado cada una de las intervenciones, dato obtenido de la información facilitada por las comunidades autónomas.
Puedes consultar los importes íntegros en el documento adjunto al final de la noticia.




