El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) establece los importes unitarios provisionales con los que se realiza el pago del anticipo, en base a la superficie por la que se ha solicitado cada una de las intervenciones, dato obtenido de la información facilitada por las comunidades autónomas, garantizando el respeto de las asignaciones financieras indicativas establecidas en el anexo XIX del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre.
En esta campaña, debido al aumento de la superficie solicitada de la ayuda asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación, se establece un coeficiente reductor de superficie en la línea peninsular, con el fin de garantizar el importe unitario mínimo establecido en el anexo XX del Real Decreto.
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