Ayuda jóvenes y nuevos agricultores convocatoria 2025

REQUISITOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

  •   Joven agricultor: edad entre 18 y 40 años, ambos inclusive en el año natural de la solicitud de ayuda
  •   Nuevo agricultor: edad entre 41 y 56 años, ambos inclusive en el año natural de la solicitud de ayuda
  •   Presentar PLAN EMPRESARIAL realizado a través de la aplicación informática PICASSA (puede haberse iniciado hasta 24 meses antes de presentar la solicitud) que incluya las actuaciones o inversiones a realizar en la explotación cuya ejecución no haya finalizado en el momento de presentar la solicitud. Este Plan Empresarial deberá tener una duración máxima de 36 meses y en ese plazo el joven-nuevo agricultor deberá cumplir los requisitos para ser considerado agricultor profesional y la explotación alcance una dimensión mínima de 1 UTA y sea calificada como Explotación Prioritaria.
  •   No se considerará como inicio de establecimiento la titularidad de explotaciones de pequeña dimensión, hasta 0,2 UTA
  •   Ser titular de una cuenta corriente para el cobro de las ayudas.
  •   Justificar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  •   No estar incurso en ninguno de los supuesto del punto 2, art. 13., Ley 38/2003, de subvenciones.
  •   Haber iniciado el establecimiento en la explotación agraria como máximo 24 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud. Este requisito debe confirmarse mediante la acreditación de la titularidad por propiedad o arrendamiento, o la aportación del compromiso firme de compraventa o arrendamiento acordado con el  titular, de la superficie agraria o instalaciones ganaderas que supongan al menos 0,2 UTA, o aportar el compromiso de integración en una entidad asociativa con personalidad jurídica que sea titular de una explotación agraria que alcance la calificación de explotación prioritaria tras la ejecución del plan empresarial.
  •   Vincularse a una Entidad de Asesoramiento.

Si el solicitante prefiere solicitar la ayuda por su cuenta deberá hacerlo a través de: 

Solicitud de la ayuda: En trámites y servicios de la Guia Prop: ENLACE

La dirección electrónica de Picassa es: ENLACE

Una vez presentada la solicitud y resuelto favorablemente el expediente, hay que hacer dos trámites:

  •   Acreditar el establecimiento y solicitar el primer pago en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de resolución de concesión.
  •   Acreditar la finalización del Plan Empresarial, solicitar la calificación de explotación prioritaria y posteriormente solicitar el pago final, en un plazo máximo de 36 meses desde la fecha de resolución de concesión.

  

 REQUISITOS PARA ACREDITAR EL ESTABLECIMIENTO Y SOLICITAR EL PRIMER PAGO DE LA AYUDA (70% de la ayuda)

  •   En el plazo máximo de 6 meses posteriores a la fecha de concesión, el interesado presentará por escrito la solicitud del primer pago de la ayuda. Para percibir la ayuda los cultivos/animales declarados en el plan empresarial ya deben existir en la explotación. Junto con dicha solicitud, deberá presentar la documentación justificativa de que se ha realizado la instalación efectiva en la explotación:
  •   Alta en el régimen de Hacienda y Seguridad Social que le corresponda, titularidad de la explotación (propiedad o arrendamiento acreditando más de 0,2 UTA), acreditación de utilización de un servicio de asesoramiento reconocido por la Administración, estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, y tener la explotación inscrita en el registro oficial correspondiente (REA, REGA, SIEX).
  •   En caso de ser entidad asociativa, acreditación de la condición del socio con control efectivo de la entidad.

Se recuerda que una vez obtenida la resolución de concesión, el joven deberá de solicitar DERECHOS DE PAGO BÁSICO de la Reserva Nacional en el periodo de tramitación de la Solicitud única (normalmente de febrero a abril) para poder solicitar y cobrar las AYUDAS DIRECTAS DE LA PAC.

   

REQUISITOS PARA ACREDITAR LA FINALIZACIÓN DEL PLAN EMPRESARIAL Y SOLICITAR EL PAGO FINAL DE LA AYUDA

 Al finalizar el plan y como máximo 36 meses después de la fecha de instalación efectiva el interesado presentará por escrito la solicitud del pago, acreditando los requisitos que se señalan a continuación si no los ha solicitado ya:

  •   Ser agricultor activo
  •   Ser agricultor profesional
  •   Contar con experiencia y capacitación suficiente (150 horas).
  •   Titularidad de la explotación que alcance la titularidad indicada en el plan empresarial (mínimo 1 UTA).
  •   Estar inscrita en el registro oficial correspondiente (REA, REGA, SIEX).
  •   Calificación de su explotación como prioritaria.
  •   Cumplimiento Ley 21/2013, de evaluación ambiental.
  •   Cumplimiento del Decreto 279/2004, de Integración Laboral.
  •   Estar al corriente obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  •   En explotaciones de más de 6 UTA, y si la instalación se produce en una entidad asociativa, debe acreditarse la mano de obra.

 

  OBLIGACIONES-COMPROMISOS

  •   Ejercer la actividad agraria y cumplir los requisitos de agricultor profesional (más del 50% de sus ingresos y de su tiempo laboral dedicado a la actividad agraria) durante 5 años desde la fecha de resolución de concesión.
  •   Mantener compromisos y condiciones que permitieron el acceso a la ayuda durante 5 años desde la fecha de resolución de concesión.
  •   Tener ingresos agrarios (rendimiento neto) en más del 50% respecto de los totales durante 5 años.
  •   Dedicar más del 50% de su tiempo laboral a la actividad agraria.

     

AYUDA JOVENES (30.000 a 80.000 €)

 

Importe básico de 30.000 EUR, que puede incrementarse en los siguientes importes:

  •  10.000 EUR cuando el joven agricultor se instala como miembro de una entidad asociativa, que no sea unipersonal, con personalidad jurídica que sea titular de una explotación agraria que alcance la calificación de explotación prioritaria tras la ejecución del plan empresarial (no compatible con apartado b.)
  •   10.000 EUR cuando en la solicitud de ayuda se prevea la utilización de más de 2 UTA tras la implantación del plan empresarial.
  •   10.000 EUR para solicitudes que prevean explotación mixta con al menos 0,5 UTA en el conjunto de orientaciones agrícolas y 0,5 UTA en el conjunto de explotaciones ganaderas.
  •   10.000 EUR si más del 50% de las UTA están incluidas en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas o zonas Red Natura 2000.
  •   10.000 EUR si la solicitud prevé que la explotación disponga de instalaciones para el acondicionamiento y/o transformación de, al menos, el 25% de la producción obtenida en la explotación.
  •   10.000 EUR si el plan empresarial contempla la recuperación de tierras en estado de abandono, que supongan al menos el equivalente a 0,5 UTA.
  •   10.000 EUR para solicitudes que prevean actuaciones relacionadas con la mejora de la competitividad de las explotaciones, así como el fomento de la I+D+i y la transferencia de conocimiento.

  Estas ayudas podrán combinarse con ayudas en forma de instrumento financiero. En cuyo caso la suma del importe de la subvención no rembolsable más el importe equivalente de subvención bruta del préstamo, no podrá superar la intensidad máxima de la ayuda.

  

 

AYUDA NUEVOS (20.000 a 70.000 €)

   

Importe básico de 30.000 EUR, que puede incrementarse en los siguientes importes:

  •   10.000 EUR cuando en la solicitud de ayuda se prevea la utilización de más de 2 UTA tras la implantación del plan empresarial.
  •   10.000 EUR para solicitudes que prevean explotación mixta con al menos 0,5 UTA en el conjunto de orientaciones agrícolas y 0,5 UTA en el conjunto de explotaciones ganaderas.
  •   10.000 EUR si más del 50% de las UTA están incluidas en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas o zonas Red Natura 2000.
  •   10.000 EUR si la solicitud prevé que la explotación disponga de instalaciones para el acondicionamiento y/o transformación de, al menos, el 25% de la producción obtenida en la explotación.
  •   10.000 EUR si el plan empresarial contempla la recuperación de tierras en estado de abandono, que supongan al menos el equivalente a 0,5 UTA.
  •   10.000 EUR para solicitudes que prevean actuaciones relacionadas con la mejora de la competitividad de las explotaciones, así como el fomento de la I+D+i y la transferencia de conocimiento.

 

  

BAREMACIÓN SOLICITUDES

  •   Solicitudes en las que plan empresarial prevea utilización de más de 2 UTA; 10 puntos.
  •   Solicitudes de jóvenes que se instalen con establecimiento en alguna de las modalidades de titularidad no exclusiva; 10 puntos.
  •   Solicitudes acogidas a modalidad de titularidad compartida; 5 puntos.
  •   Solicitudes en las que el titular sea mujer (individual o titularidad compartida); 5 puntos.
  •   Solicitudes de explotaciones con más del 50% de las UTA en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas o en municipios de aplicación de la medida LEADER; 7 puntos.
  •   Solicitudes que incluyan actuaciones que tengan un objetivo medioambiental, de ahorro energético lucha contra el cambio climático; 5 puntos.
  •   Solicitudes en las que el titular sea mujer; 5 puntos.
  •   Solicitudes acogidas a modalidad de titularidad compartida; 5 puntos.
  •   Solicitudes que incluyan al menos tres actuaciones que tengan un objetivo medioambiental, de ahorro energético o lucha contra el cambio climático entre las referidas a continuación; 5 puntos.
  •   Solicitudes que se dediquen mas del 50% de las UTA´s  a producción ecológica u otra producción diferenciada; 7 puntos.
  •   Solicitudes que contemplen integración en entidad asociativa para transformación y/o comercialización de, al menos un 25% de la producción; 3 puntos.
  •   Solicitudes que contemplen en su plan empresarial actuaciones para recuperar el potencial agrario y/o ganadero destruido por catástrofes o desastres naturales; 3 puntos.

   

No serán elegibles solicitudes que no alcancen una puntuación mínima de 15 puntos.

En caso de empate se tendrá en cuenta la edad, concediéndose prioridad a las solicitudes correspondientes a la persona solicitante de mayor edad por fecha de nacimiento.

Las condiciones inicialmente valoradas deben mantenerse durante los 5 años siguientes a la concesión de la ayuda.

 

Infórmate llamando a los servicios técnicos de AVA-ASAJA al 96 380 46 06

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