Bases de las ayudas dirigidas a las personas trabajadoras autónomas por la DANA

Personas beneficiarias y requisitos:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas que el 29 de octubre de 2024 reunieran los siguientes requisitos:

a) Figuraban de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social o en alguna mutualidad.

b) Figuraban de alta en el IAE.

c) Su lugar de trabajo se ubicaba en alguna de las zonas relacionadas en el Acuerdo de 4 de noviembre de 2024, del Consell, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños producidos por el temporal iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana (anexo). A estos efectos, se considerará lugar de trabajo el que conste en el censo de empresarios, profesionales y retenedores o cualquier otro registro oficial; o, en su caso, en la autorización municipal, que deberá ser previa al 29 de octubre de 2024, para la realización de la venta no sedentaria de carácter periódico.

d) No tenían contratada a ninguna persona trabajadora por cuenta ajena.

Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas que, reuniendo los requisitos indicados en el punto anterior, formen parte de comunidades de bienes o de cualquier otra entidad sin personalidad jurídica.

El importe de la ayuda será de 3.000 euros por persona trabajadora autónoma.

El plazo para solicitar estas ayudas se iniciará a las 09:00 horas del 5 de diciembre de 2024 y finalizará a las 15.00 horas del 16 de diciembre de 2024. Solo se admitirá una solicitud por persona; las sucesivas que puedan presentar serán inadmitidas.

La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, a través del procedimiento «EADANA 2024 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas dana 2024». En la página web de Labora

 

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