La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, establece que ante la aparición, o la sospecha, de una plaga en el territorio nacional o en una parte de este, que pueda tener importancia económica o medioambiental, la autoridad competente tiene que comprobar la presencia y la importancia de la infestación y adoptar las medidas fitosanitarias que estime necesarias para evitar su propagación.
Ante la aparición de esta plaga, se publicó la Resolución de 23 de febrero de 2018, del director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se declaraba la existencia de la plaga, se calificaba de utilidad pública la lucha contra la misma y se establecían las medidas fitosanitarias que debían adoptar los propietarios de parcelas afectadas.
Pese a estas medidas la plaga ha continuado su progresión en las explotaciones de almendros de diferentes comarcas, por lo que se considera conveniente actualizar la resolución anterior con la inclusión de las comarcas del Alto Palancia, Hoya de Buñol, Ribera Alta, Vall d'Albaida, l'Alacantí, Marina Baixa y l'Alcoià.