Legislación

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 1.134 euros/mes.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

El salario mínimo en cómputo anual es de 15.876 euros.

El Gobierno también ha publicado el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

La reciente elevación de la cuantía del salario mínimo interprofesional a 15.876 euros anuales llevada a cabo por el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024, hace conveniente revisar la regulación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para evitar que los contribuyentes que perciben rendimientos del trabajo por cuantía igual o inferior al salario mínimo interprofesional soporten retención o ingreso a cuenta.

El sector vitivinícola valenciano está de enhorabuena, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación acaba de reconocer oficialmente al cava de Requena. La sentencia, publicada en el BOE, incluye la unidad geográfica menor «Requena» dentro del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Cava»

Real Decreto 92/2024, de 23 de enero, por el que se modifican diversos reales decretos relativos al sector de frutas y hortalizas, vitivinicultura y apicultura, y a la regulación de diferentes aspectos del ejercicio de la actividad agraria y de la gestión de la Política Agrícola Común.

La Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca ha publicado la resolución por la que se aprueba el Plan anual zoosanitario para 2024 de la Comunitat Valenciana y otras actuaciones complementarias.

Puedes acceder a la resolución publicada hoy en el DOGV, de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, de medidas de formación exigidas en el Real decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas bovinas.

También adjuntamos a continuación el Real Decreto que regula, en el anexo II, la formación que tienen que tener las personas que trabajan en las granjas bovinas. 

Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible publica hoy en el BOE el anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana por el que se somete a información pública y oficial el Proyecto de trazado ‘Mejores funcionales y de seguridad vial y medidas de integración ambiental de la autovía A-7. Tramo: Enlace con la CV-35 – Enlace con la V-30, P.K. 324+000 al P.K. 326+900”.

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se modifican diversos reales decretos para clarificar la aplicación en España de la nueva Política Agrícola Común (PAC), a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Las modificaciones se realizan en base a la experiencia adquirida en el primer año de vigencia de la nueva PAC, que entró en vigor el 1 de enero de 2023, y tienen que ver con aspectos de índole técnica. 

El Ministerio de Agricultura ha publicado en su página web los beneficiarios de ayudas directas para frutales (incluidos cítricos) y frutos de cáscara en varias resoluciones.

Tienen derecho a percibir esta subvención los productores de frutales (incluidos los cítricos) y los frutos de cáscara que perciban ayudas directas de la PAC en la Solicitud Única 2023. Estas ayudas se darán de oficio y los importes para la Comunidad Valenciana de 135,451272 €/ha  en frutales y 45,314608 €/ha en frutales de cáscara, con un mínimo de 200 € por beneficiario y un máximo de 70 hectáreas.

Se ha publicado un listado definitivo y otro provisional. Toda la información se puede encontrar en el siguiente enlace: https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-sectores-agricolas

Para consultar los beneficiarios tiene que hacerlo en el siguiente enlace, introduciendo el NIF y los 4 últimos dígitos de la cuenta bancaria de la Solicitud Única de la PAC 2023: https://www3.sede.fega.gob.es/gesaexcse/inicio/inicio.action?ayuCodigo=5

En caso de no estar de acuerdo con la información que aparece en las resoluciones podrá realizar un recurso de alzada a la publicación definitiva antes del 15 de enero de 2024 y a la publicación provisional hasta 2 de enero de 2024.

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