Legislación

AVA-ASAJA agradece y elogia la medida que la conselleria de Agricultura se ha comprometido a aplicar, por la cual todas las pólizas que los asociados suscriban a través de sus organizaciones profesionales agrarias se beneficiarán de una subvención adicional del 20%. 

Esta iniciativa del departamento agrario de la Generalitat, que todavía no ha sido aprobada de forma oficial, pretende fortalecer la vertebración del sector e incentivar la relación de los agricultores y ganaderos con las organizaciones agrarias que son, en definitiva, sus legítimos representantes.

Pide presupuesto sin compromiso a nuestro departamento de seguros, llamando al 963 804 606. 

Adjunto remitimos el Real Decreto 41/2021, de 26 de enero, por el que se establecen las disposiciones específicas para la aplicación en los años 2021 y 2022 de los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

Con la finalidad de adaptar el resultado del rendimiento neto determinado con arreglo al método de estimación objetiva a la realidad económica provocada por el COVID, el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, recoge una serie de cambios que afectan al Impuesto de la renta de las persona físicas, concretamente en su artículo 9, se eleva el porcentaje de reducción del cinco por ciento  con carácter general al  veinte por ciento a aplicar al rendimiento neto de módulos en la declaración del Impuesto correspondiente al ejercicio 2020. 

En su artículo 10, se establece que la renuncia a la aplicación del método de estimación objetiva para el ejercicio 2021, no impedirá volver a determinar con arreglo a dicho método el rendimiento de la actividad económica en 2022, eliminándose de esta manera la vinculación obligatoria que durante tres años se establecía legalmente para la renuncia al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido. 

En el artículo 12, como consecuencia de las modificaciones introducidas se fijan nuevos plazos para presentar las renuncias o revocaciones a los citados métodos y regímenes especiales.

El próximo día 6 de enero NO está catalogado como “Festivo Nacional” a efectos eléctricos, por lo tanto, el horario será el habitual de un día laborable. 

Adjunto remitimos el calendario de festivos a efectos eléctricos para el año 2021.

Orden APA/1250/2020, de 18 de diciembre, por la que se fija para el año 2021 la renta de referencia.

La renta de referencia es a efectos de la Ley 19/1995 de Modernización de Explotaciones Agrarias. (Calificación de Explotación Prioritaria o planes empresariales a efectos de ayudas a jóvenes agricultores o planes de mejora).

REGLAMENTO (UE) 2020/2220 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de diciembre de 2020 por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013, (UE) n.o 1306/2013 y (UE) n.o 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021 y 2022.

La prórroga de PAC será durante 2021 y 2022 tanto la para las ayudas directas como las ayudas al desarrollo rural. Además de esta prórroga, se contemplan recursos para la recuperación del sector agrícola y las zonas rurales de la Unión Europea para hacer frente a las repercusiones de la crisis del COVID-19 . La UE destinará 8.070 millones de € a cargo del FEADER.

En los últimos días estamos recibiendo consultas de renegociación de contratos de compraventa de naranjas y mandarinas a la baja o incluso contratos "a resultas o a comercializar". En este sentido, cabe señalar que la Ley de la Cadena Alimentaria indica que el precio de venta tiene que estar por encima del coste de producción y estamos observando precios irrisorios de venta de cosecha en contratos en los que se afirma que ese precio está por encima del coste de producción. 

Por este motivo, solicitamos que nos hagas llegar contratos de compraventa de naranjas y mandarinas en los que figure alguna de estas cuestiones para que, de esta forma, lo comuniquemos a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) de Ministerio de Agricultura de forma anónima, a fin de que inicie las investigaciones pertinentes para determinar si hay algún incumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria. 

Envía tus contratos al WhatsApp de AVA-ASAJA 634 523 579 o Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

Por otra parte, desde la asociación os recordamos que tenéis a vuestra disposición nuestro gabinete jurídico para realizar cualquier consulta. Telf. 96 380 46 06.

AVA-ASAJA realiza visitas a localidades arroceras para realizar los trámites del cuaderno de explotación u otras consultas técnicas.  

 

Martes

  • Sueca - Cámara Agraria (por las mañanas)
  • Sollana - Cámara Agraria (por las tardes)

 

Miércoles

  • Catarroja - SAT El Port (por las mañanas)
  • Silla - Cámara Agraria (por las tardes)

 

Las visitas se mantendrán hasta que comience la tramitación de las ayudas PAC 2021.

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