Legislación

El pasado 27 de febrero del 2021 se publicó la Orden HAC/172/20214 en el que se establecen la estructura y el funcionamiento del censo de obligados tributarios por el Impuesto Especial sobre la Electricidad, se aprueba el modelo 560, “Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación”, y se determinan la forma y el procedimiento para su presentación.

En él se comunica que para continuar acogiéndose a los beneficios fiscales en el ámbito IEE, la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al lugar donde radique su establecimiento, emitirá vía electrónica a través de Sede Electrónica una comunicación y, a partir de la recepción de dicha comunicación, se dispone de 10 días hábiles para notificar si se desea continuar con estos beneficios fiscales a partir del 1 de octubre de 2021.

Para poder contestar a dicho requerimiento, las personas jurídicas han de disponer obligatoriamente de firma digital, y realizar cualquier comunicación necesaria con la Administración de manera telemática, por lo que es de suma importancia que todas las entidades de riego obtengan dicha firma digital.

Es importante acceder y atender esta comunicación en plazo, para que la Oficina Gestora tramite, tanto la baja de la actual inscripción en el registro territorial de Impuestos Especiales con efectos 30 de septiembre de 2021 como el alta de la nueva inscripción en dicho registro, con efectos 1 de octubre de 2021. La nueva alta que sustituya a la anterior en los términos solicitados le será notificada junto con la correspondiente tarjeta CIE.

De no atender esta comunicación por parte de la Oficina Gestora de Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo dado, se dará de baja la actual inscripción sin renovarla y por tanto, dejarían de aplicárseles la bonificación en la factura eléctrica del Impuesto Eléctrico (IE) como se viene aplicando actualmente.

Los usuarios que actualmente están aplicándose la reducción del 85% del IE en sus facturas eléctricas, en breve recibirán una notificación de la compañía eléctrica que les suministre informando de estos cambios y las actuaciones a realizar.

Si tienen alguna duda al respecto, pónganse en contacto con el Departamento de Aguas de AVA-ASAJA preguntando por Rosa Mª Gómez o Carlos Ballester en el 963 804 606 o por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

Adjunto remitimos el extracto de la Orden de 28 de abril de 2021 por la que se convocan los premios de excelencia a la innovación para mujeres rurales, XII edición, correspondientes al año 2021.

Orden HAC/411/2021, de 26 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2020 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2021, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo de la Comunitat Valenciana para operaciones que finalicen en la campaña 2021/2022, al amparo del programa de apoyo al sector vitivinícola español 2019-2023.

El plazo estará abierto únicamente 15 días, por lo que se recomienda a todas aquellas personas interesadas que se pongan en contacto con los técnicos David Romero y Lucía Valero en el 96 380 46 06 o en el email Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. para realizar este trámite antes del 28 de abril.

Con la entrada en vigor el 14 de abril de 2021 del Real Decreto 902/2020, todas las empresas, independientemente del número de trabajadores, deberán recopilar los datos salariales de toda su plantilla tal y como lo exige la norma. De esta manera, los registros salariales, regulados en el art. 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, deberán ser adaptados a lo establecido en la nueva legislación recogiendo información salarial de los trabajadores de la empresa tales como los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales.

Este registro podrá ser requerido por la inspección de trabajo.

AVA-ASAJA ofrece este servicio a sus asociados. Pide presupuesto sin compromiso en el departamento laboral llamando al 96 380 46 06.

Se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana: “Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que convoca a las comunidades de regantes y otras entidades de riego para que formulen sus propuestas en relación con el formulen sus propuestas en relación con el fomento de la utilización racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos, para el ejercicio 2021”, dando un plazo de presentación de 1 mes a partir del día siguiente de dicha publicación. 

A continuación remitimos adjunta la resolución, extracto de la resolución y la Orden de Bases que se indica en dicha resolución.

AVA-ASAJA recuerda a sus asociados que los próximos días festivos de Semana Santa NO están considerados como “FESTIVOS A EFECTOS ELÉCTRICOS”, por tanto, el horario será el habitual de días laborables. 

Por ello, jueves santo, viernes santo y lunes de pascua, así como el lunes de San Vicente NO SON FESTIVOS A EFECTOS ELECTRICOS y tendrán el horario habitual de días laborables

De acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Convenio Agropecuario para la provincia de Valencia, y dado que el IPC interanual se sitúa en el -0,5%,  quedan prorrogadas las tablas salariales correspondientes al 2020 hasta el día 31 de diciembre del 2021.

Se anexan las tablas salariales.

Asimismo se recuerda que los trabajadores acogidos a dicho convenio percibirán además dos gratificaciones extraordinarias de treinta días de salario convenio, más una paga de beneficios equivalente al 5%  de la cuantía de salario convenio incrementado con las gratificaciones extraordinarias y la antigüedad en su caso.

Coincidiendo con el cambio de hora previsto para la madrugada del sábado al domingo se producirá también el cambio de periodo tarifario, pasando al periodo de verano. Por ello, hay que tener en cuenta que cambian las horas punta. 

A continuación adjuntamos las tablas horarias de las distintas tarifas.

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