El Ministerio de Agricultura dispondrá́ de un registro digital en el que se deberán inscribir de manera obligatoria los contratos alimentarios que se suscriban con los productores primarios y las agrupaciones de estos, y sus modificaciones, antes de la entrega del producto objeto del contrato. Esta es la principal novedad que recoge el proyecto de real decreto presentado por el Ministerio, después de que la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, modificara la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Este Registro de Contratos Alimentarios tendrá́ la finalidad de suministrar a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) y al resto de Autoridades de Ejecución designadas por las comunidades autónomas, la información necesaria para la comprobación del cumplimiento de la obligación de inscribir los contratos alimentarios y sus modificaciones.
La fecha de inicio de la obligación de registro es el 31 de enero de 2023.
El Registro de Contratos Alimentarios dependerá orgánicamente del Ministerio de Agricultura y estará adscrito a la AICA. Tendrá naturaleza administrativa y carácter digital y estará alojado en la web de la AICA.
La obligación de registro será de los compradores que deberán previamente darse de alta en la aplicación en el denominado “Inventario de Compradores”. Los documentos que se inscriban deben ser perfectamente legibles.




