El Real Decreto 934/2025, publicado hoy en el BOE, establece normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios. Entre las principales novedades, cabe destacar la obligación de contar con un plan de abonado el 1 de enero de 2026 para las explotaciones en regadío en las que el cultivo se siembre o se plante entre el 1 de marzo y el 30 de junio, y el 1 de septiembre de 2026 para el resto.
El requisito de registrar al mes todas las labores de fertilización en un cuaderno de explotación, que puede ser en papel o en formato digital, será preceptivo a partir del 1 de enero de 2026, con una serie de excepciones que se especifican en la norma.
El asesoramiento técnico obligatorio en materia de fertilización para las unidades de producción situadas en zonas declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos será obligatorio un año después de las fechas anteriores, y dos años en el caso de las unidades de producción que se encuentran fuera de estas áreas.
Igualmente, se modifican los requisitos relativos a la aplicación de estiércoles en determinadas zonas en donde no es posible hacerlo de forma localizada, excepto las parcelas inferiores a una hectárea que no sean colindantes con otros recintos de la misma explotación. También se especifica cómo se computan los pastos comunales para el cálculo de la superficie de la explotación.
Esta norma, pactada entre el Ministerio de Agricultura y las organizaciones UPA y Unión de Uniones, no incluye las reivindicaciones propuestas por AVA-ASAJA y supone un nuevo incremento de la carga burocrática a los agricultores y ganaderos. AVA-ASAJA había solicitado que estas obligaciones no se aplicaran en explotaciones de regadío de igual o menos de 15 hectáreas, mientras que en explotaciones de secano no se aplicara en explotaciones de igual o menos de 30 hectáreas.
Preocupa que esta norma sirva para abrir la puerta en próximas fechas a inspecciones técnicas a las abonadoras y aperos utilizados en fertilización. Hoy en día la mayoría de las zonas agrícolas están cumpliendo la normativa de zonas vulnerables por contaminación de nitratos y parece excesiva la presión inspectora de la administración.
La organización también había exigido suprimir todas las referencias a registrar la fertilización en un plazo máximo de un mes tras su realización puesto que supone una presión burocrática innecesaria. Propuso que no se pudiera aplicar esta normativa hasta que el Ministerio haya publicado las guías de buenas prácticas en fertilización y elabore un programa formativo para divulgar estas guías a los agricultores y ganaderos.
Otras demandas de AVA-ASAJA fueron la reducción de la burocracia a las personas que suministran estiércoles a terceros; el reconocimiento, por parte de las administraciones, central o autonómica, de un programa informático gratuito para realizar los planes de abonado a fin de evitar tener que contratar un asesor en fertilización; y suprimir que en caso de incumplimiento se aplicaran contra el agricultor o ganadero un régimen sancionador de hasta siete Leyes, dos Reales Decretos, así como la normativa autonómica sin perjuicio de responsabilidades civiles, penales, medioambientales o de otro orden a que pudiera haber lugar.
Se adjunta el Real Decreto 934/2025.



